Farmacias de guardia

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La normativa sanitaria establece que sólo los despachos de farmacia sean los lugares en los que se puedan expender los medicamentos, y dependiendo del número de habitantes se regula el número de farmacias que puede haber en cada población.

Los horarios habituales de dispensación de medicamentos son los mismos que los horarios de comercio, pero para mantener atendidos los servicios de urgencia de los centros de salud también existe una guía de farmacias de guardia en los que la población puede tener acceso a los medicamentos prescritos por el médico de guardia.

Los horarios y los establecimientos tienen una regulación, y todas las farmacias tiene que tener un día en el que estén de guardia para poder sustituir el cierre en los descansos del resto. Esto resulta mucho más sencillo en poblaciones con una gran cantidad de habitantes, dado que el número de farmacias es muy superior al de poblaciones más pequeñas, pues el número de farmacias está ligado al número de habitantes de cada población.

En localidades con pocos habitantes la guía de farmacias de guardia incluirá sin lugar a dudas las farmacias abiertas en poblaciones cercanas, lo que puede suponer un determinado trastorno pero que sería peor si nos hubiera ninguna abierta alrededor.